En esta caso se deberá acudir a las oficinas de afiliación, para que te especifiquen el motivo por el cual te dieron de baja tu registro patronal, la situación más común por la cual te hayan dado de baja es debido al Art. 251 Cap. XI de la ley del IMSS, en donde se especifica que pueden darte de baja si no te encuentran en tu domicilio por este hecho se te notifica como desaparecido, otra causa puede ser por el atrazo de algún pago, se cual sea el caso los requisitos para el restablecimiento son los siguientes:
1. No tener adeudos.
2. Carta Poder (Si otra persona hará el tramite).
3. Alta de Hacienda (R-01 o R-02) domicilio fiscal.
4. Copia del Acta Constitutiva (Personas Morales)
5. Copia de los pagos realizados.
6. Copia de comprobante de domicilio (Agua, Luz, Teléfono, etc.)
7. Copia de credencial de elector (Patrón, Representante Legal y/o Persona que realiza el tramite.
8. Baja de los trabajadores o de los últimos trabajadores emitidos en el periodo.
9. Oficio dirigido al Jefe de Departamento de Cobranza (Especificar registro patronal, razón social o nombre, domicilio y los motivos por el cual se solicita el restablecimiento.
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